El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación abrió el plazo para solicitar ayudas destinadas a maquinaria agrícola dañada por la DANA. Estas subvenciones buscan apoyar a los agricultores afectados, permitiéndoles reparar o reemplazar sus equipos. El presupuesto total asignado es de 9,7 millones de euros, enmarcado dentro del Plan de Respuesta Inmediata, Reconstrucción y Relanzamiento. Este plan, que cuenta con 444,5 millones de euros, pretende reactivar el sector agroalimentario tras los daños sufridos.
Requisitos y plazo de solicitud
Los titulares de maquinaria dañada tienen hasta el 1 de marzo de 2025 para presentar sus solicitudes. Es obligatorio que los equipos afectados estén inscritos en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola (ROMA) con fecha anterior al 28 de octubre de 2024.
Para facilitar el proceso, los interesados deben realizar la peritación de daños llamando al teléfono gratuito 900 925 782. Una vez evaluados los daños, la empresa pública Tragsatec gestionará la solicitud en nombre de los afectados que cumplan los requisitos establecidos en las bases reguladoras publicadas el 24 de diciembre de 2024.
Cómo se calculan las ayudas
El importe de la ayuda se determinará según el informe de peritación. Este cálculo considerará los daños totales y podrá alcanzar hasta un 150% del valor tasado, dependiendo del número de beneficiarios y del presupuesto disponible. Además, estas subvenciones son compatibles con otras ayudas, como las del consorcio de compensación de seguros, siempre que no se superen los límites fijados por la Comisión Europea.
Obligaciones de los beneficiarios
Los beneficiarios deben cumplir ciertos compromisos para acceder a las ayudas. Quienes opten por adquirir nueva maquinaria, deberán registrarla en el ROMA en el plazo de un año. En cambio, quienes elijan reparar su equipo, tendrán que presentar una factura de reparación a la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios dentro del mismo plazo.
El Ministerio resolverá las solicitudes y publicará la lista de beneficiarios en un plazo máximo de seis meses a partir de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.