Nueva Reforma Laboral: Fin del Despido Automático para Trabajadores con Incapacidad Permanente

El Consejo de Ministros aprueba la reforma del artículo 49.1 del Estatuto de los Trabajadores, eliminando la extinción automática del contrato por incapacidad permanente y promoviendo la inclusión laboral.

El Gobierno Elimina el Despido Automático por Incapacidad Permanente

El Consejo de Ministros ha aprobado una importante reforma del artículo 49.1 del Estatuto de los Trabajadores, eliminando la incapacidad permanente como causa automática de extinción de la relación laboral. Este cambio legislativo, acordado con el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), busca corregir una discriminación histórica hacia los trabajadores con discapacidad en España.

La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, ha destacado la trascendencia de esta medida, presentada originalmente en mayo. «Corrige una discriminación histórica de las personas trabajadoras con discapacidad en España», afirmó Díaz. A partir de ahora, si a una persona se le declara una incapacidad permanente, tendrá la opción de decidir si desea extinguir su relación laboral o permanecer en su puesto de trabajo.

En caso de optar por seguir trabajando, el trabajador tendrá derecho a que su empresa le adapte el puesto de trabajo según sus necesidades. «Será el trabajador el que diseñe las necesidades que tiene por esa discapacidad», subrayó Díaz, enfatizando el papel activo de los empleados en la definición de las adaptaciones necesarias para su continuidad laboral.

Esta reforma representa un avance significativo en la inclusión laboral y la protección de los derechos de las personas con discapacidad, asegurando que puedan mantener su empleo y recibir las adaptaciones necesarias para desempeñar su trabajo de manera efectiva.

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